viernes, 17 de abril de 2009

GENERADOR

GENERADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS HOSPITALARIOS: (Capítulo F1 Resolución MDE 0822 de 1998): Instituciones públicas, privadas o mixtas, hospitales, clínicas, centros y puestos de salud, laboratorios clínicos y patológicos humanos o animales, centros médicos, odontológicos o veterinarios, centros de experimentación e investigación en el área de la salud humana, animal y otras instancias similares.








Generador: Es la persona natural o jurídica que produce residuos hospitalarios y similares en desarrollo de las actividades, manejo e instalaciones relacionadas con la prestación de servicios de salud, incluidas las acciones de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación; la docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres; los bioterios y laboratorios de biotecnología; los cementerios, morgues, funerarias y hornos crematorios; los consultorios, clínicas, farmacias, centros de pigmentación y/o tatuajes, laboratorios veterinarios, centros de zoonosis, zoológicos, laboratorios farmacéuticos y de producción de dispositivos médicos.




ALMACENAMIENTO INTERMEDIO

Almacenamiento Intermedio



Es el lugar ó ambiente en donde se acopian temporalmente los residuos
generados por las diferentes fuentes de los servicios cercanos. Este
almacenamiento se implementará de acuerdo al volumen de residuos
generados en el establecimiento de salud. En el caso de volúmenes menores a
130 litros se podrá prescindir de este almacenamiento.


Requerimientos


1. Ambiente apropiado de acuerdo a las especificaciones técnicas del
presente manual. Ver Anexo 4.
2. Ambiente debidamente acondicionado, con buena ventilación e iluminaciòn
(recipientes, bolsas, estantes, etc.).

Norma Técnica de Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios

Procedimiento


1. Depositar los residuos embolsados provenientes de los diferentes servicios,
en los recipientes acondicionados, según la clase de residuo. (todos los
residuos sólidos deberán eliminarse en sus respectivas bolsas).
2. No comprimir las bolsas con los residuos a fin de evitar que se rompan y se
generen derrames.
3. Mantener los recipientes debidamente tapados.
4. Mantener la puerta del almacenamiento intermedio siempre cerrada con la
señalización correspondiente
5. Una vez llenos los recipientes no deben permanecer en este ambiente por
más de 12 horas.
6. Verificar que los residuos del almacén intermedio hayan sido retirados de
acuerdo al cronograma establecido.
7. Mantener el área de almacenamiento limpia y desinfectada para evitar la
contaminación y proliferación de microorganismos patógenos y vectores.


Acondicionamiento del almacenamiento intermedio



Almacenamiento Intermedio acondicionado para la clasificación de los
residuos (R. biocontaminados, R. comunes y material reciclable)





ALMACENAMIENTO CENTRAL

Almacenamiento Central
Lugar o instalación donde se consolida y acumula
temporalmente los residuos provenientes de las todas las áreas o servicios
del establecimiento de salud en espacios o contenedores para su posterior
tratamiento, disposición final u otro destino autorizado.


- Las dimensiones del Almacenamiento Central deben estar en función al
diagnóstico de las cantidades generadas en el establecimiento de salud,
será diseñada para almacenar el equivalente a 2 días de generación de
residuos.


- Ubicación que permita fácil acceso, maniobra y operación del vehículo
colector externo y los coches de recolección interna. Además contiguo al
ambiente de tratamiento de residuos.


- Construido de material noble, protegido de la intemperie y temperaturas
elevadas, que no permita el acceso de animales, dotado de ductos de
ventilación ó de aberturas cubiertas con mallas.


- Revestido internamente (piso y paredes) con material liso, resistente,
lavable, impermeable y de color claro.


- Piso con pendiente del 2% dirigida al sumidero y para el lado opuesto de la
entrada.


- El área de almacenamiento debe estar delimitada mediante señalización,
para cada clase de residuo.


- Puerta dotada de protección inferior para evitar el acceso de los vectores.


- Colocar símbolos de identificación de acuerdo con la naturaleza del
residuo, puesto en un lugar de fácil visualización.


- Dotado de punto de agua (fría y caliente) y bajo presión, punto de registro,
punto de evacuación de aguas residuales e iluminación artificial interna y
externa.


- Destinar un área de higienización de los carros de recolección interna y
demás equipos utilizados que tengan las siguientes características:
techado, iluminación artificial, punto de agua (preferentemente y bajo
presión), piso impermeable con drenaje y punto de registro conectado a la
red de alcantarillado.


- Destinar un ambiente de servicios higiénicos y vestidores para el personal,
de tal manera que permita su aseo personal.


- Ubicación adecuada de tal manera que permita facilidad de acceso y
operación de la recolección interna y externa.



En la etapa de almacenamiento final los residuos sólidos hospitalarios
provenientes del almacenamiento secundario ó de la fuente de generación
según sea el caso, son depositados temporalmente para su tratamiento y
disposición final en el relleno sanitario.




martes, 7 de abril de 2009

DISPOCISION FINAL

Disposicion Final

La planta del prestador del servicio público
especial de aseo debe poseer un lugar
para el almacenamiento de residuos hospitalarios
con las condiciones establecidas
para el sistema centralizado de almacenamiento
de los generadores (Numeración).



Tratamiento de residuos
infecciosos por incineración



La incineración es un proceso de oxidaci
ón térmica que convierte la fracción combustible
de los residuos en gases y un
residuo inerte que debe ser dispuesto de
manera adecuada. Una correcta incineraci
ón conjuga adecuadamente tres variables:
temperatura, tiempo y turbulencia, y
el cumplimiento de las normas ambientales
vigentes.
Tiene las ventajas de no requerir la trituraci
ón previa de los residuos y tratar casi todo
tipo de residuos, naturalmente con los debidos
controles de proceso y emisiones.
Para la ubicación de los incineradores se
tendrá en cuenta lo dispuesto en los Planes
de Ordenamiento Territorial (POT) o
Esquemas de Ordenamiento Territorial
(EOT) de los municipios. Se deben obtener
las autorizaciones, licencias y permisos
ambientales a que haya lugar.
De llevarse residuos a un municipio de 5a
y 6a, categoría procedentes de otros
municipios, el incinerador ubicado allí
deberá poseer los equipos de control que
exija la autoridad ambiental.
Teniendo en cuenta lo anterior, todos los
incineradores deben contar con las caracter
ísticas de diseño establecidas en la Resoluci
ón 058 de 2002, para incineración
de residuos peligrosos emitida por el Ministerio
del Medio Ambiente o la norma
que la modifique o sustituya.
Para el montaje de una planta de incineraci
ón de residuos hospitalarios y similares
se requieren las autorizaciones,
permisos o Licencias establecidos en la legislaci
ón ambiental en materia de transporte,
almacenamiento, emisiones,
atmosféricas, vertimientos líquidos, tratamiento
y disposición de residuos.
Durante la operación de la planta se deben
tomar las siguientes medidas:
Elaborar áctas de incineración, reportando
tipo de residuo, cantidad, procedencia,
fecha de incineración y condiciones
de operación.
Efectuar control y monitoreo de cenizas
realizando semestralmente una caracterizaci
ón compuesta de las cenizas generadas
en el proceso de incineración.


Control de efluentes
líquidos y emisiones
atmosféricas

Los prestadores del servicio de incineraci
ón deben obtener las autorizaciones,
permisos o licencias ambientales a que
haya lugar de conformidad con la
normatividad ambiental vigente.
Para el control y monitoreo de vertimientos
líquidos, se realizara muestreos compuestos
a fin de verificar el cumplimiento de
los límites permitidos en la normatividad
ambiental vigente.
Para el control y monitoreo de las emisiones
atmosféricas, se realizaran los
muestreos necesarios a fin de verificar el
cumplimiento de los límites permitidos en
la normatividad ambiental vigente.



Programa de seguimiento y
monitoreo

Con el fin de garantizar el cumplimiento
del PGIRH,- componente externo, se establecer
án mecanismos y procedimientos
que permitan evaluar su estado de ejecuci
ón y realizar los ajustes pertinentes. Entre
los instrumentos que permiten esta
función se dispone de los indicadores y las
auditorias de gestión.
Las auditorías serán internas y tienen como
fin, determinar el cumplimiento de funciones,
normas, protocolos de bioseguridad,
programas, etc., en desarrollo del PGIRH.
Para el manejo de indicadores, deben desarrollarse
registros del procesamiento de
residuos y reportes de salud ocupacional.


Esterilización por autoclaves